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Últimas dos semanas para solicitar las bonificaciones del IBI para el fomento de la actividad

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Víctor González-Huergo

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La modificación de la Ordenanza Fiscal se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria el día 28 de diciembre de 2021

Restan algo más de dos semanas para que finalice el plazo para solicitar las nuevas bonificaciones del IBI para los inmuebles destinados a las actividades que promuevan el fomento de la actividad económica.

Por ello, el concejal de Economía y Hacienda, Víctor González Huergo ha pedido a los interesados que las soliciten lo antes posible ya que el plazo termina el próximo 1 de marzo.

El edil ha explicado que la modificación definitiva de la Ordenanza Fiscal se publicó el pasado 28 de diciembre en el Boletín Oficial de Cantabria y contempla una bonificación del 20% de la cuota íntegra del impuesto sobre los bienes en los que se desarrollen una actividad económica cuyo uso catastral reconocido sea de Ocio y Hostelería, Cultural o Espectáculos; y otra del 10% para las de uso Comercial, Industrial, Oficinas, Sanidad o Deportivo, o bien, que estén incluidas en un Bien de Características Especiales.

Los requisitos para obtener esta ayuda son que la actividad se ejerciera antes del 15 de marzo de 2020 y continúe ejerciéndose, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2022, que el uso catastral del inmueble coincida con alguno de los supuestos señalados y que, en el caso de los bienes afectos a un uso Comercial, Industrial, Oficinas, Sanidad o Deportivo, o que estén incluidas en un Bien de Características Especiales, se mantenga el número de puestos de trabajo entre las mismas fechas, incluyéndose los ERTEs, si los hubiera, justificándose con la pertinente resolución administrativa.

Asimismo, también se exige que tanto el solicitante como el arrendatario se encuentren al corriente en el pago de las obligaciones tributarias o no tributarias con el Ayuntamiento de Santander.

En el caso de que el inmueble se encuentre alquilado y la actividad se ejerza por una persona distinta, será necesario que en el contrato de arrendamiento el arrendatario asuma como obligación el pago del IBI.

Los documentos exigidos para acreditar la existencia de actividad en el inmueble son una declaración responsable y el compromiso de mantenimiento de los puestos de trabajo entre las fechas indicadas y, en el caso de inmuebles alquilados, una copia del contrato de arrendamiento.

Por otra parte, el edil también se ha referido a los plazos para solicitar las bonificaciones del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que será de un 25% a favor de todas aquellas empresas que hayan incrementado su plantilla con contrato indefinido en 2021.

En este último caso, el plazo finaliza el 31 de marzo.

Redacción
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