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El tipo impositivo se mantiene en el 0,40%, el mínimo legal que se puede aplicar
El Ayuntamiento de Santander abre mañana, lunes 4 de mayo, el periodo voluntario de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), cuyo tipo impositivo este año sigue estando en el 0,40%, el mínimo legal que se puede aplicar.
Para los recibos no domiciliados, el periodo voluntario comprenderá del 4 de mayo al 6 de julio, mientras que a los ciudadanos que tengan el pago domiciliado, que suponen en torno al 80% del total, se les efectuará el cargo en cuenta en tres plazos (5 de mayo, 6 de julio y 7 de septiembre), o el 6 de julio en un solo pago, si lo solicitaron previamente.
Según detalla el concejal de Economía, Javier García Ruiz, para el pago en entidades bancarias podrán acudir a las oficinas (Banco Santander, Unicaja, BBVA, Caixabank, Banco Sabadell, Cajamar, Caja Rural de Asturias y Caja Viva) en el horario que tengan establecido; y podrán proceder al pago en cajeros automáticos y banca online, si incluyen dichas operaciones entre los servicios ofertados a sus clientes.
Igualmente, podrán realizar este trámite en la Oficina Virtual Tributaria (https://ovt.ayto-santander.es) y en este caso, se admitirán pagos hasta las 19.00 horas del 6 de julio.
Los vecinos podrán descargar las cartas de pago en la oficina virtual tributaria del Ayuntamiento de Santander, o bien, solicitarlas en las oficinas de Recaudación Municipal (Antonio López 6), o en el teléfono de atención al contribuyente (942 200 691). Este último está disponible en horario de 08.00 a 20.00 horas, de lunes a viernes.
En este servicio de información telefónica, los usuarios podrán realizar consultas sobre impuestos y tasas municipales, así como solicitar fraccionamientos, domiciliaciones, e informarse sobre recibos o pagos pendientes con la administración municipal.
El concejal ha destacado que el IBI “es un ejemplo del esfuerzo del equipo de gobierno en la contención fiscal y en la voluntad de proteger la economía familiar y empresarial de los santanderinos”.
Así, ha recordado que el Ayuntamiento aplica un 0,40%, lo que representa el mínimo que permite la Ley Reguladora de Haciendas Locales, situando a Santander con el tipo impositivo más bajo de España.
Para contrastar este dato y ponerlo en valor, cabe destacar que el tipo impositivo medio aplicado en 2025 en las ciudades de más de 50.000 habitantes, se situó en el 0,634%, según datos del Ministerio de Hacienda. Es decir, en la principal figura impositiva, en Santander, para un inmueble medio con valor catastral de 100.000 euros, se paga una cuota 234 euros más baja que en la media de ciudades de más de 50.000 habitantes.
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