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La alcaldesa informa al sector empresarial sobre las bonificaciones en la tasa de residuos


La alcaldesa informa a los empresarios sobre las bonificaciones en la tasa de gestión de residuos

Igual detalla las reducciones previstas en la ordenanza fiscal del Ayuntamiento para reconocer el esfuerzo de las actividades económicas que gestionan adecuadamente sus residuos y adoptan medidas contrastables de mejora ambiental

La alcaldesa de Santander, Gema Igual, ha mantenido hoy en el CIE un encuentro con representantes del sector empresarial para explicar las bonificaciones establecidas por el Ayuntamiento en la nueva tasa de gestión de residuos, en vigor desde el pasado 1 de enero.

La regidora ha detallado el contenido de la ordenanza fiscal, y ha recordado que la nueva tasa de residuos responde al cumplimiento de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que ha obligado a todos los ayuntamientos de España a implantar una tasa específica, diferenciada y no deficitaria que cubra el coste real del servicio municipal de recogida, transporte y tratamiento de residuos.

En este sentido, ha subrayado que Santander “cumple con una exigencia que afecta a todos los municipios, y trata de proteger a las familias y empresas santanderinas con una serie de bonificaciones”.

Igual ha explicado que, para determinar la cuota tributaria en inmuebles de uso catastral distinto al residencial, se fija una tarifa comercial en función de la actividad desarrollada en el inmueble y la superficie total del mismo.

A partir de ahí, la ordenanza recoge expresamente medidas destinadas a este tipo de inmuebles, orientadas a reconocer el esfuerzo de las actividades económicas que gestionan adecuadamente sus residuos y que adoptan medidas contrastables de mejora ambiental.

Para acceder a las bonificaciones, las solicitudes deben presentarse a través de la sede electrónica, mediante una instancia general, hasta el 31 de enero, con una declaración responsable indicando la reducción que se pide y adjuntando la documentación indicada en la ordenanza fiscal.

Una de las opciones es acogerse a la reducción de la cuota tributaria por la gestión total o parcial de residuos con gestor autorizado, regulada en el artículo 9 de la ordenanza.

Esta reducción se dirige a actividades económicas que acrediten que gestionan de forma privada, total o parcialmente, los residuos que generan, mediante contratos con gestores debidamente autorizados.

A efectos de tramitación, el solicitante debe indicar el alcance de esa gestión privada, diferenciando entre la gestión de la totalidad de los residuos, la fracción orgánica, la fracción orgánica junto con una fracción adicional, o bien una, dos o tres fracciones diferenciadas distintas de la orgánica.

La ordenanza vincula los porcentajes de reducción a estas opciones, de forma que contempla bonificaciones que van desde el 15% al 50% de la cuota en función de las modalidades de gestión de residuos que practiquen las empresas.

La segunda modalidad se refiere a la bonificación del 10% para empresas de distribución alimentaria y de restauración que cuenten con sistemas de reducción del desperdicio alimentario, regulada en el artículo 10 de la ordenanza.

Esta bonificación está pensada para aquellas empresas que tienen implantados sistemas de gestión que reduzcan de forma significativa y verificable los residuos alimentarios, en colaboración con entidades de economía social carentes de ánimo de lucro. La forma de acceso se concreta en una declaración responsable acompañada de la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ordenanza.

La tercera posibilidad de bonificación corresponde a las reducciones medioambientales de la cuota comercial para incentivar y fomentar la separación de residuos generados, previstas en el artículo 11 de la ordenanza.

En este caso, los establecimientos pueden solicitar una reducción máxima del 20% sobre la cuota tributaria por la aplicación de uno de los sistemas contemplados, como la participación en programas de recogida específica, la implantación de sistemas de devolución y retorno o la adopción de un sistema de gestión ambiental.

Notificaciones individualizadas

A partir del mes de mayo de 2026 se enviarán las notificaciones individualizadas con la información de la cuota y del periodo de pago, disponibles también en la sede electrónica y en la Oficina Virtual Tributaria.

La alcaldesa ha trasladado “el compromiso del Ayuntamiento para mantener una interlocución fluida con las asociaciones empresariales con el fin de resolver dudas y facilitar que la información llegue con precisión, especialmente en lo relativo a los tres trámites de uso no residencial y a la documentación requerida”.

Redacción

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