Así se recoge en el decreto regulador aprobado por el Gobierno cántabro esta semana y que se publicará la próxima semana en el Boletín Oficial de Cantabria para su entrada en vigor. Tras ello, la norma establece un plazo de 3 meses para incorporar los datos a este registro, por lo que las administraciones públicas competentes de estos servicios deberán remitir los datos susceptibles de inscripción con el fin de cumplir los objetivos de su creación.
La responsable de la Consejería, Paula Fernández, ha señalado que esta acreditación y la creación del registro suponen un reconocimiento a la labor que realizan los bomberos de la Comunidad Autónoma, pero también servirá de instrumento para mejorar el servicio de protección civil y de emergencias.
En concreto, según ha explicado, se mejorará la información de la que se dispone de este personal y, en especial, su formación especializada, con el fin de ofrecer una mejor respuesta a las distintas situaciones de emergencia que se produzcan (rescates en cuevas, ríos, intervenciones en montaña, emergencias químicas, etc.).
En este sentido, ha destacado el compromiso del Gobierno cántabro en mejorar estos servicios y, en especial, ha valorado la aprobación de la primera Ley autonómica impulsada por su departamento que asegura, entre otras mejoras laborales, la gestión exclusiva «en la esfera de lo público» de los servicios de salvamento y la extinción de incendios realizados por los bomberos y su prestación coordinada en toda la región.
El objetivo de las nuevas medidas es «profundizar en unas condiciones y procedimientos homogéneos en toda la Comunidad Autónoma y conseguir una mejor cualificación de los servicios», ha subrayado Fernández Viaña.
Servicios de bomberos
En Cantabria coexisten servicios públicos de bomberos del servicio adscrito al organismo autónomo SEMCA del Gobierno autonómico –los bomberos del 112-, que cuenta con seis parques de emergencias, y los de carácter municipal, en los ayuntamientos de Santander, Torrelavega, Castro Urdiales y Camargo.
El nuevo decreto, aprobado por el Gobierno y que desarrolla la ley de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Cantabria (SEPEIS), regula el procedimiento de inscripción, cancelación y modificación de los datos, así como la acreditación de todos los efectivos inscritos en el registro.
El registro autonómico quedará ordenado en dos secciones para el personal funcionario y laboral para facilitar los cambios que se produzcan en el tiempo.
Una vez efectuada la inscripción correspondiente, y asignado el número de identificación que corresponda en el Registro de Bomberos de Cantabria, se entregará a las personas interesadas el documento de acreditación.
Todo el personal de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento que se encuentre de servicio, deberá llevar el documento de acreditación profesional y exhibirlo si se les requiere con motivo del ejercicio de sus funciones.
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