El objetivo de la regulación es que los centros que acogen a menores sean lo más parecidos a un verdadero hogar
Santander – 17.06.2022
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la resolución de audiencia e información pública del proyecto de Orden que regula los requisitos materiales, funcionales y de acreditación de la calidad de los centros de servicios sociales de atención a la infancia y a la adolescencia y de los centros de cumplimiento de medidas judiciales.
El plazo para presentar alegaciones es de 15 días y el texto puede consultarse en el Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de Cantabria (http://participacion.cantabria.es) y en la web serviciossocialescantabria.org.
La orden está en línea con la filosofía general del sistema de acogimiento residencial, que siempre se lleva a cabo en centros de reducido tamaño, de máximo de ocho plazas, y en los que conviven niños, niñas y adolescentes en un ambiente lo más parecido posible al de un hogar familiar.
La orden distingue entre hogares, residencias, viviendas tuteladas y centros de día, en función de las edades de los niños, niñas o adolescentes que atiendan y las circunstancias en que éstos se encuentren.
Aunque la normativa nacional permite este sistema desde los 3 años, en Cantabria se dispone que los hogares acogerán solamente a mayores de seis años, y con esta edad siempre en casos excepcionales, ya que los menores de 10 años en Cantabria están en su totalidad residiendo con familias de acogida.
La orden regula también los centros de día, en los que se aplicará la medida de protección a niños niñas y adolescentes que se encuentran en situación de riesgo de desprotección o desprotección.
En estos centros se les atiende unas horas al día de forma complementaria a su horario escolar obligatorio, asegurándoles la cobertura de sus necesidades básicas, cuando existan razones que dificulten su cuidado adecuado en el núcleo familiar.
Por otra parte, la orden contempla los requisitos de las viviendas tuteladas, o centros de atención situados en edificaciones ordinarias y destinadas a adolescentes mayores de 16 años que presentan un adecuado nivel de autonomía y a jóvenes mayores de edad que habiendo estado antes de su mayoría de edad bajo alguna medida de protección por el Gobierno de Cantabria y se conciben como núcleos de convivencia como tránsito a la vida independiente
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