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La adaptación de la normativa  busca, entre otros objetivos, fijar de una manera clara la capacidad y el número de plazas de los alojamientos

Santander- 03.02.2022

La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio someterá a consulta pública la modificación del Decreto que regula las viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Cantabria, entre cuyo cambios se contempla fijar de una manera clara el número de plazas de alojamiento de las viviendas,  tener en cuenta los cambios de titularidad de las mismas y simplificar los requisitos exigidos en la declaración responsable requerida a los propietarios. 

Así, la nueva regulación pretende dotar de una mayor seguridad jurídica y transparencia la capacidad de las viviendas de uso turístico, fijando con claridad el número de plazas del alojamiento que vendrá determinado por el número autorizado de ocupantes indicado en la cédula de habitabilidad –en el caso de viviendas de cesión completa- , mientras que la capacidad de las viviendas de cesión compartida derivará de la diferencia entre el número autorizado de ocupantes y el número de personas que tengan residencia en la vivienda, según indicación del certificado municipal de convivencia.

En relación con el cambio de titularidad de la explotación de la vivienda de uso turístico, la modificación del Decreto 225/2019, de 28 de noviembre, tiene por objeto contemplar esta posibilidad no regulada en el articulado de la actual normativa y evitar con ello tramitaciones adicionales en el Registro de Empresas Turísticas de Cantabria, agilizando de esta forma el servicio.

Finalmente, la tercera modificación pretende actualizar la relación de requisitos del contenido de la declaración responsable incluidos en el apartado primero del artículo 5 de la actual normativa, excluyendo la obligatoriedad de justificar los estatutos o acuerdos adoptados por la Comunidad de Propietarios, en el caso de viviendas turísticas ubicadas en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, respecto a prohibiciones o restricciones del uso de estos inmuebles. Con esta adaptación, se tiene en cuenta el carácter privado de este aspecto, cuyas posibles divergencias deben ser resueltas en el orden jurisdiccional civil. En el caso de la modalidad de cesión compartida, la declaración responsable sí deberá incluir el certificado municipal de convivencia.

“La adaptación de la normativa busca una mayor transparencia en el caso de las capacidad de los alojamientos y facilitar los trámites a los propietarios suprimiendo cargas administrativas no necesarias para la defensa del interés público”, ha explicado López Marcano.

El trámite de consulta pública, publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), es previo a la elaboración del texto del decreto de viviendas de uso turístico que se pretende modificar, y se llevará a cabo durante el plazo de 10 días hábiles, a partir de mañana.

La consulta permitirá recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas afectadas por la futura norma. Las opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Turismo, ubicada en la calle Albert Einstein 4, primera planta, de Santander. También se pueden presentar a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la presente resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal a través de la siguiente dirección: www.participacion.cantabria.es.  Igualmente podrán ser presentadas en el Registro General de la Administración de Cantabria, así como en los registros u oficinas establecidos legalmente.

Redacción

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