InicioComarcasTorrelavegaLópez Estrada aprueba la constitución de la Junta de Gobierno Local

López Estrada aprueba la constitución de la Junta de Gobierno Local

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El alcalde, Javier López Estrada, ha procedido al nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local que estará conformada por esta Alcaldía y por los concejales: José Luis Urraca Casal, Pedro Pérez Noriega, Patricia Portilla Baquero, Jesús Sánchez Pérez, Alberto Rubio Díaz, Jezabel Tazón Salces, Esther Vélez Rubín y Cristina García Viñas.

 

En esta misma resolución ha nombrado a los siguientes Tenientes de Alcalde:

  • Primer Teniente de Alcalde: José Luis Urraca Casal

  • Segundo Teniente de Alcalde: Pedro Pérez Noriega

  • Tercer Teniente de Alcalde: Patricia Portilla Baquero

  • Cuarto Teniente de Alcalde: Jesús Sánchez Pérez

  • Quinto Teniente de Alcalde: Alberto Rubio Díaz

  • Sexto Teniente de Alcalde: Jezabel Tazón Salces

  • Séptimo Teniente de Alcalde: Esther Vélez Rubín

  • Octavo Teniente de Alcalde: Cristina García Viñas

 

Y se ha procedido a delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias de la Alcaldía-Presidencia:

  • Concesión de licencias de obras mayores y obras de tramitación abreviada.

  • Concesión de licencias de cambio de uso y de parcelación.

  • Concesión de licencias de primera ocupación.

  • Concesión de licencias de actividades sujetas a autorización ambiental, evaluación de impacto o comprobación ambiental.

  • Aprobación inicial de los instrumentos de planeamiento urbanístico cuando la misma no sea competencia del Pleno de la Corporación.

  • Aprobación definitiva de los instrumentos de gestión urbanística.

  • Aprobación de bases de convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y resolución de las citadas convocatorias de subvenciones, cuando no sea competencia del Pleno de la Corporación.

  • Concesión de subvenciones directas de carácter nominativo previstas en las bases de ejecución o en el estado de gastos del presupuesto, y las directas de carácter excepcional cuando sea competencia de esta Alcaldía, salvo las de carácter de urgencia por motivos catastróficos.

  • Otorgamiento de autorizaciones de ocupación de dominio publico cuando sean de duración superior a dos años, salvo aquellas que sean de competencia plenaria.

  • Aprobación de las bases de selección de personal funcionario de carrera o laboral de carácter fijo.

  • Aprobación de las bases y resolución de los concursos de traslados del personal.

  • Aprobación de los Planes de Prevención de Riesgos Laborales previstos en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

  • Aprobación de los Planes de Autoprotección previstos en la Ley de Cantabria 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria.

  • Imposición de sanciones de carácter grave o muy grave, cuando corresponda a la Alcaldía-Presidencia, en cualquier tipo de materia o competencia municipal, excepto en materia de Tráfico, Protección de los Bienes Públicos de Titularidad Municipal y Mantenimiento de la Convivencia ciudadana.

  • ñ) Aquellas otras derivadas de expedientes que la Alcaldía-Presidencia considere adecuado someter a la consideración y resolución, en su caso, de la Junta de Gobierno

Richard (Postureo) Noya
Richard (Postureo) Noyahttps://postureocantabro.com
Paladeador de Rabas y Quesadas Amateur. Cántabro exiliado en Canarias y Administrador de www.postureocantabro.com entre otras cosas!!!
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