En Cantabria decae el toque de queda y el cierre perimetral de la región a partir del domingo
Es importante conocer las restricciones en Cantabria sin el Estado de Alarma a partir del próximo domingo 9 de mayo a las 00.00 horas.
La comunidad autónoma de Cantabria se encuentra en alerta 3 en la emergencia sanitaria del coronavirus, por lo que continúan vigentes las medidas y restricciones publicadas en la última resolución de la Consejería de Sanidad del 13 de abril.
El ejecutivo autonómico ha decidido prorrogar otros 14 días más estas restricciones, incluido el cierre del interior de los establecimientos de hostelería. Además, la Consejería de Sanidad se plantea la posibilidad de establecer puntualmente cierres perimetrales, toques de queda en horario nocturno y limitar las reuniones sociales en localidades donde la situación sea «preocupante» cuando decaiga el estado de alarma este domingo 9 de mayo.
Así lo ha anunciado este miércoles el director general de Salud Pública de la región, Reinhard Wallmann, que ha asegurado que la comunidad «roza» el nivel de alerta aunque exista una tendencia a la «estabilización», tal y como recoge Europa Press.
¿Qué medidas continúan vigentes en Cantabria sin el Estado de Alarma?
En este sentido, el director general de Salud Pública ha asegurado que sería «muy bueno» seguir manteniendo restricciones como el cierre perimetral de la región, mientras que el presidente de la región, Miguel Ángel Revilla, ha asegurado que todas las restricciones que afecten a derechos fundamentales se consultarán previamente en los tribunales para implantarlas si son avaladas.
En Cantabria decae el toque de queda y el cierre perimetral de la región a partir del domingo.
- Cierre del interior de los establecimientos de hostelería y restauración.
- Terrazas aforo 75%, máximo 6 personas por mesa.
- Hoteles sólo servicio de habitaciones y recogida o entrega a domicilio.
- Comercio minorista máximo 1/3 aforo.
- Monumentos y equipamientos culturales 50% aforo.
- Cines, teatros y espectáculos culturales 50% aforo.
- Ceremonias religiosas o civiles 20 personas al aire libre y 10 en interiores.
- Lugares de culto 1/3 aforo.
- Actividad física grupos máximo 4 personas.
- No permitida la práctica deportiva en espacios cerrados.
- Práctica deportiva en espacios abiertos 1/3 aforo 300 personas máximo.
- Público en espectáculos deportivos al aire libre 1/3 aforo 1000 personas máximo.
- Mascarilla obligatoria en vía pública, al aire libre y en espacios cerrados de uso público.
- En espacios públicos y privados grupos de máximo 4 personas a excepción de convivientes.
FUENTE: 20minutos