Guía para darse de baja de la propaganda electoral - La Vanguardia
Parece ser que volveremos a las urnas próximamente, si a ti también te parece un gastos innecesario la propaganda electoral en estos tiempos, aquí tienes una guía para dejar de recibirla en el buzón de tu casa.
Se puede decir adiós a la recibida por correo al solicitar la exclusión del censo electoral que usan los partidos para enviar esta publicidad. Más de 112.000 personas lo han pedido ya en el INE, según fuentes del citado instituto consultadas por Europa Press.
Para pedir la exclusión de esta base de datos y evitar recibir la propaganda en el buzón de casa, que puede hacerse hasta el 7 de octubre, es necesario acceder al Instituto Nacional de Estadística y completar una serie de pasos. Antes de empezar el trámite y como requisito imprescindible, es necesario disponer de certificado electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve Pin. A partir de entonces, el proceso es el siguiente:
1. Pinchar en este enlace y seleccionar el modo de identificación deseado, esto es, el certificado electrónico o con el sistema Cl@ve PIN
2. Tras la identificación, aparecerán en la pantalla los datos personales y la situación actual en las copias del censo electoral que se facilita a los partidos políticos y que es “Incluido” por defecto. En la parte inferior, hay un botón en el que se lee “Enviar solicitud” y que es el que hay que pinchar para darse de baja de la recepción de la propaganda electoral
3. ¡Hecho! En la siguiente pantalla, la situación actual en las copias del censo electoral que se facilita a los partidos políticos aparece ya cambiada y puede leerse “Excluido”.
Además, es posible obtener un justificante del cambio al pinchar en un botón en la parte inferior de la página: En el justificante aparecen los datos personales del demandante del cambio, al que se informa de que su solicitud “ha sido estimada y tendrá efecto permanente mientras no se manifieste en sentido contrario”. Tal y como indica el justificante, es posible hacer la solicitud para no recibir propaganda electoral en el domicilio “hasta el día decimotercero posterior a la convocatoria de unas elecciones”. En consecuencia, en este caso la fecha límite para pedirlo será hasta el 7 de octubre, ya que el reloj para los comicios empieza a contar el 25 de septiembre.
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